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¿Se debe notificar a la Cámara de Comercio la apertura de un nuevo canal de ventas (e-commerce)?

Notificación de Nuevo Canal de Ventas (e-commerce) a la Cámara: ¿Procede?

La apertura de un nuevo canal de ventas en línea o e-commerce debe notificarse a la Cámara de Comercio mediante la actualización de la información de la empresa. Esto se hace registrando el canal como parte de la actividad comercial, con el fin de que quede formalmente soportado en el registro mercantil. De esta manera se garantiza transparencia ante clientes, proveedores y autoridades, además de cumplir con las exigencias de publicidad mercantil. Notificarlo evita sanciones por información incompleta o desactualizada.