¿Se puede embargar una pensión o una cuenta de ahorro que contiene salarios mínimos en Colombia?
Embargo de Pensión o Cuenta de Ahorros con Salarios Mínimos
Las pensiones y cuentas de ahorro que contengan hasta un salario mínimo mensual son inembargables en Colombia, según el Código General del Proceso. Sin embargo, cuando la deuda es por alimentos, el juez puede autorizar el embargo de parte de la pensión o de la cuenta, respetando siempre el mínimo vital del deudor. Por ejemplo, un pensionado con dos millones de ingreso puede ver embargada la mitad si tiene deudas por alimentos.