¿Se puede demandar por Responsabilidad Civil Extracontractual a una persona jurídica por daño causado a la imagen comercial o reputación?
Responsabilidad Civil Extracontractual por Daño a Imagen Comercial
Una persona jurídica puede ser demandada por responsabilidad civil extracontractual si daña la imagen comercial o reputación de otra. Se debe probar el acto dañino, como publicidad engañosa o difamación, y el perjuicio causado. El juez ordena indemnización económica proporcional al daño.