¿Cómo se tramita la liquidación de la sociedad conyugal si solo hay deudas y no bienes?
Liquidación de Sociedad Conyugal con Solo Deudas y Sin Bienes
Si al disolver la sociedad conyugal solo hay deudas, se practica inventario y avalúo negativo, se pagan pasivos con los bienes sociales disponibles y, de faltar, cada cónyuge responde por sus deudas personales; las sociales impagas podrán gestionarse según prelación y garantías. Puede convenirse entre las partes un acuerdo de pago con acreedores dentro del trámite notarial o judicial. Es clave distinguir obligaciones propias de cada uno frente a las comunes y evitar que se afecte indebidamente el patrimonio individual cuando la deuda no benefició la sociedad ni fue asumida solidariamente.