¿Se puede registrar una Marca que contenga términos genéricos o descriptivos si se demuestra su uso notorio o secundario?
Marca con Términos Genéricos o Descriptivos por Uso Secundario/Notorio
Una marca con términos genéricos o descriptivos puede registrarse si adquiere distintividad por uso notorio. El solicitante debe demostrar reconocimiento en el mercado. La SIC analiza si el término ha adquirido secundariedad. Si se aprueba, la marca obtiene protección legal. Este mecanismo protege inversiones en posicionamiento.