¿Se puede embargar una cuenta de ahorro que tiene menos de 40 millones de pesos en Colombia?
Embargo de Cuenta de Ahorros con Menos de 40 Millones en Colombia
En Colombia, las cuentas de ahorro que tienen un saldo inferior a 40 salarios mínimos mensuales legales vigentes son inembargables, salvo que se trate de deudas alimentarias o fiscales. Esto significa que los ahorros destinados a cubrir necesidades básicas de una persona están protegidos de embargos judiciales. No obstante, si la deuda está relacionada con alimentos a favor de hijos menores o con obligaciones tributarias, la entidad financiera sí puede proceder al embargo, aun cuando el saldo sea menor a ese límite.