¿Qué derechos tiene el tercero de buena fe que adquirió un bien que fue objeto de hurto?
Derechos del Tercero de Buena Fe que Adquiere Bien Hurtado
El tercero de buena fe que adquiere un bien hurtado goza de protección parcial en el derecho civil. Si compró el bien en condiciones normales de mercado, sin sospechar su origen ilícito, no se le considera penalmente responsable. Sin embargo, en materia de propiedad, el dueño original conserva el derecho de reivindicar el bien, dado que el hurto no transfiere dominio. El tercero podrá exigir al vendedor la devolución del dinero pagado mediante acción civil. La buena fe exenta de culpa protege al comprador frente a sanciones, pero no impide la restitución del bien al legítimo propietario.