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¿Qué implicaciones tiene el delito de Corrupción Privada en el Código Penal colombiano?

Corrupción Privada en el Código Penal Colombiano: Implicaciones

La corrupción privada está contemplada en el artículo 250A del Código Penal colombiano. Ocurre cuando un administrador, empleado o directivo de una empresa recibe beneficios indebidos para favorecer a alguien en decisiones contractuales o de negocio. La pena es de prisión entre 4 y 8 años y multa de hasta 50.000 salarios mínimos. Aunque se desarrolla en el ámbito privado, el legislador la sanciona porque afecta la transparencia del mercado y la libre competencia.