¿Cómo se demuestra el Dolo o la Mala Fe en la adquisición de un bien objeto de hurto o estafa?
Dolo o Mala Fe en Adquisición de Bien Hurtado o Estafado: Prueba
El dolo o mala fe en la adquisición de un bien hurtado o estafado se demuestra con pruebas que evidencien conocimiento previo de la ilicitud, como precio irrisorio, ausencia de documentos o circunstancias sospechosas. La carga probatoria recae en quien alega el fraude, y su acreditación anula la transacción y puede generar sanciones penales.