¿Cuál es el plazo de caducidad para demandar la Responsabilidad del Estado por el régimen de riesgo excepcional?
Caducidad para Demandar Responsabilidad del Estado por Riesgo Excepcional
La responsabilidad del Estado por riesgo excepcional debe demandarse dentro de los dos años siguientes al hecho. Este régimen cubre daños ocasionados por actividades peligrosas o riesgos anormales derivados de la función estatal. La caducidad busca seguridad jurídica y evitar reclamaciones indefinidas en el tiempo.